Comenzó la cuenta regresiva para la próxima elección de Consejeros Constitucionales, este 7 de mayo, día en el que se escogerán a los 50 consejeros encargados de escribir una nueva propuesta de Constitución. En esta oportunidad, la votación será obligatoria, razón por la que los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el padrón electoral, deberán ejercer su deber cívico. 

Según informó, el Servicio Electoral (Servel), en esta votación se aceptarán las cédulas de identidad o pasaportes vencidos a contar del 1 de enero de 2020, extendiendo la fecha informada con antelación, que era de sólo hasta un año antes de la elección. 

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De esta forma, según lo informado, esto permitirá que aquellos electores y electoras que no han podido renovar su cédula de identidad o pasaporte puedan acudir a las urnas sin ningún problema. Esta vigencia que será válida para la elección del 7 de mayo y también para el plebiscito de diciembre. 

¿Con qué documentos puedo votar este 7 de mayo?

Cabe destacar que desde el Servel anunciaron que solo la cédula de identidad y el pasaporte son documentos válidos para votar. Así, a pesar de tener la cédula vencida, ningún otro documento es válido. Tampoco se podrá votar con el certificado de cédula de identidad en trámite, ni la licencia de conducir.

¿Qué pasa si extravías tu carnet antes de la votación?

En ese caso el elector puede usar su pasaporte, si tampoco lo tuviese no podrá sufragar. Igualmente deberá dejar constancia de la pérdida o extravío en Carabineros o en el sitio web del Registro Civil e Identificación con el fin de acreditarlo, a futuro, cuando sea citado por el Juzgado de Policía Local por no haber sufragado, dado que el voto en esta elección es obligatorio. 

 

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