Pronto se promulgará la ley que permite la "desnotarización" de ciertos trámites que antes debían contar obligatoriamente con un ministro de fe. 

Esto significa mayor facilidad para obtener algunos documentos, los cuales se podrán obtener de manera digital mediante firma electrónica avanzada o Clave Única, sin necesidad de acudir a la notaría. 

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¿Qué trámites se podrán hacer sin notario?

La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado lunes y señala que se reducirá la intervención de notarios en diversos actos y contratos.

Esto significa que algunos documentos que requerían su autorización ante notario serán simplificados, así como la reducción de  instrumentos a escritura pública.

Trámites para los que no se necesitará un documento notarial

  • Permisos de alteración y de edificación de viviendas económicas, concesión de servicio público de distribución de gas.
  • Poder suplente de agente de aduanas.
  • Delegación de facultad del deudor para absolver posiciones en el procedimiento concursal.
  • Nombramiento del comité de administración del condominio o acuerdo de administración conjunta de dos o más condominios.
  • Enajenación de cuotas de participación de las cooperativas de vivienda.
  • Contrato de representación en propiedad intelectual y transferencia de derechos de autor.
  • Resoluciones de concesiones eléctricas, solicitudes de pescadores artesanales en una misma área de manejo y varias materias relacionadas al Código de Aguas.
  • Certificado de la liga profesional que otorga carácter de socia a Sociedades Anónimas Deportivas.
  • Declaración jurada para cancelación de registro a la Superintendencia de Salud.
  • Documentos probatorios de requisitos de ingreso a la administración del Estado.

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