El Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) busca apoyar a las personas de menores ingresos que reciben pensiones de invalidez de bajo monto. Durante este año deben ser inferiores a 485.674 pesos para personas entre los 65 y 74 años y 520.366 pesos para las personas mayores de 75 años.  

El Instituto de Previsión Social (IPS) tiene la facultad de verificar que el beneficiario o la beneficiaria mantenga los requisitos de residencia y focalización exigidos. 

Según establece el sitio web del Gobierno www.chileatiende.cl, los requisitos para recibir el beneficio son:

-Tener, al menos, 65 años de edad al momento de la solicitud.

-Tener derecho o reciban una pensión de vejez o sobrevivencia (monto bruto) menor a los montos establecidos en el campo "Detalles" de esta ficha, ya sea de una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS).

-No sear imponentes de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) ni de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

-No recibir pensiones en Capredena ni Dipreca, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de una pensión de sobrevivencia.

-Aún sin tener derecho a un pensión previsional, tener derecho a una pensión de sobrevivencia otorgada por la ley sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley Nº 16.744).

-Integrar un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población, determinado por el Puntaje de Focalización Previsional, que es entregado por la calificación del Registro Social de Hogares (RSH), entre otras fuentes que conforman el SIDP (Sistema de Información de Datos Previsionales, que es administrado por el IPS).

-Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años (continuos o discontinuos), contados desde que cumplieron 20 años de edad.

-Haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud. Al respecto, cabe destacar que:

-El requisito de residencia podrá ser homologado a las personas que registren 20 años o más de cotizaciones en algún sistema previsional chileno.

-Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable solamente a chilenos y chilenas) podrán computar los años de exilio como residencia. 

Montos del Aporte Previsional de Vejez:

Los pagos de los APS se verán incrementados gradualmente, según establece la ley, en los siguientes tramos: 

Formas de pago: 

Las personas beneficiarias pueden recibir el pago de forma presencial o como deposito en sus cuentas.

En el caso de los beneficiarios del Sistema de AFP con Aporte Previsional Solidario, recibirán el incremento de su Aporte junto con su pago habitual.

El trámite se puede hacer con RUT y/o Clave Única en el sitio web del Instituto de Prevision Social, en el siguiente link: persona.ipsenlinea.cl

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