Durante todo el año las madres de 65 años o más podrán postular al Bono por Hijo, un aporte económico por cada hijo nacido vivo o adoptado, y cuya bonificación incrementa el monto final de la pensión.
Ahora bien, este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que se entrega al momento de jubilar.
Por otro lado, el bono se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. A continuación, te detallamos cómo calcular el monto que podrías obtener:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
A modo de ejemplo, la Superintendencia de Pensiones explica que una mujer de 65 años recibiría $422.687 por cada hijo, si se considera el ingreso mínimo de $165.000 vigente en julio de 2009 y una rentabilidad anual del Fondo C del 4,51%.
Cabe destacar que en el caso de los hijos adoptivos, el aporte lo recibe la madre biológica y la adoptiva.
¿Cuáles son los requisitos?
Las mujeres que tienen derecho al bono son aquellas afiliadas a una AFP, las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria y las mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS).
Para recibir este beneficio, la mujer debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años de edad cumplidos.
- Tener residencia en el territorio chileno durante 20 años a contar de los 20 años de edad. Además, haber vivido en Chile al menos 4 años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- Estar afiliado o afiliada a una AFP.
- No tener pensión antes del 1 de julio de 2009.
¿Cómo se puede postular a este beneficio?
Si cumples con los requisitos anteriormente mencionados, puedes postular de manera online desde el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS). Para ello, debes ingresar a este enlace, hacer clic en "Pilar Solidario y Bono por Hijo", seleccionar "Bono por Hijo" y luego presionar "ingresar solicitud de Bono por Hijo". El sitio te informará si reúnes con las condiciones y de este modo habrás postulado al beneficio.
También, puedes solicitar el beneficio a modo presencial en la AFP en que estés afiliada o en una oficina de Chile Atiende con su cédula de identidad. Si el trámite lo realiza un apoderado, este deberá llevar un poder notarial.
Con respecto a la modalidad de pago, las mujeres afiliadas a una AFP recibirán el dinero del bono junto a la pensión, hasta que se agote la totalidad del monto.
En cambio, el bono se pagará junto a la pensión en forma vitalicia a las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o de Pensión de Sobrevivencia con derecho a Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), la cual pudo ser otorgada por una AFP, una compañía de seguros o el IPS.
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