Desde el Congreso se le dio luz verde al Bono Chile Apoya Invierno, aporte del Gobierno creado para ayudar a las familias tras el aumento de precios de los alimentos, así como en los gastos propios de la estación. 
 
El pago será de $120 mil para cada causante de este bono, que se calcula llegará a 7,5 millones de personas y no requiere de postulación previa, ya que se entregará de forma automática a quienes cumplan con los requisitos dispuestos por el beneficio. 
 
 
Una vez promulgado este proyecto, el Instituto de Previsión Social implementará una plataforma de consulta ciudadana, en la que solo con el RUT se conozca si es receptor del aporte y su fecha de entrega. 
 
Para ello, el Gobierno llama a seguir las informaciones publicadas en sus canales oficiales www.chileatiende.cl y www.ips.gob.cl y sus redes sociales institucionales @ChileAtiende e @IPSChile
 
¿Quiénes son los beneficiarios? 

- Causantes del Subsidio Familiar

- Causantes de la Asignación Familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares al 31 de diciembre de 2021 y que recibieron el beneficio por ingresos iguales o inferiores al límite máximo establecido.

- Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.

- Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban el aporte en el mes de julio de 2022.

- Personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad (ley N° 20.255, art 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron el aporte en julio de 2022.

- Familias usuarias del subsistema "Seguridades y Oportunidades" (ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.

- Hogares pertenecientes al 60% más vulnerable en el RSH, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.

 

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