El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio destinado a todas las personas pertenecientes al 60% más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Respecto al monto que entrega el subsidio es equivalente a $16.418 por carga familiar, mientraas que para personas discapacitadas el valor se dobla a $32.836.
¿Qué personas son beneficiarias?
Aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas o en conjunto a la mantención del grupo familiar:
- La madre o el padre.
- Guardadores o personas que tomen a cargo el cuidado de los menores.
- Personas que tengan a su cargo a otras con discapacidad intelectual o invalidez.
- Embarazadas, como Subsidio Maternal.
Así también, son causantes del beneficiario las siguientes personas:
- Menores de edad hasta los 18 años, participantes de programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del SUF.
- Para los niños con más de 6 años, se debe acreditar que están estudiando en algún establecimiento educacional de enseñanza básica, media o superior.
- La personas con discapacidad no deben acreditar estudios.
- Tengan una discapacidad intelectual referente a la ley N°18.600, de cualquier edad y que no sea beneficiario de Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
- Personas que estén en situación de discapacidad a cualquier edad.
Por otro lado, las madres de menores que vivan a sus expensas recibirán el dinero del SUF de sus hijos y las mujeres embarazadas podrán postular al Subsidio Maternal.
El trámite no tiene costo y se realiza directamente en la oficina de municipio correspondiente al domicilio de la persona postulante. Donde deberá llevar los documentos solicitados por la municipalidad, que pueden incluir los siguientes:
- Certificado de nacimiento del o la menor.
- Fotocopia del carne control de niño sano al día, esto para los menores de 6 años.
- Fotocopia de la cédula de identidad de la madre postulante al Subsidio Maternal.
- Documento que acredite a los integrantes con discapacidad.
- Tratándose de menores de edad deberán acreditar la calidad de guardador.
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