Trabajadores que hayan estado haciendo labores de forma dependiente, y hayan quedado cesante, pueden acceder al Seguro de Cesantía.
Esta ayuda monetaria protege a quienes hayan tenido un contrato laboral a plazo fijo, indefinido, por obra o servicio, siempre que el documento esté sujeto al Código del Trabajo.
Los empleados que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), se les abre automáticamente una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde se deposita dinero que podrá ser retirado en los momentos desocupado.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía puede ser solicitado por quienes cumplan estos requisitos:
- Estar cesante y acreditarlo mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Se solicita tener al menos 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, en caso de haber tenido contrato indefinido o de trabajador de casa particular. En caso de haber tenido contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio, se requiere al menos seis cotizaciones, continuas o descontinuas.
Recuerda: Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser de uno o más empleadores.
¿Cuántos pagos son del Seguro de Cesantía?
Las personas que tengan una CIC, podrán tener entre 1 y 13 pagos del Seguro de Cesantía, siempre que su saldo lo permita.
El primer pago del Seguro de Cesantía corresponde al 70% del promedio de:
- Las 6 últimas remuneraciones antes de la fecha del cese de la relación laboral (si es que tuvo contrato fijo).
- Las 12 últimas remuneraciones antes de la fecha del cese de la relación laboral (si es que tuvo contrato indefinido).
Desde el segundo pago del Seguro de Cesantía, los montos van decreciendo en el siguiente orden:
- Segundo pago: 55% del promedio de la remuneración.
- Tercer pago: 45% del promedio de la remuneración.
- Cuarto pago: 40% del promedio de la remuneración.
- Quinto pago: 35% del promedio de la remuneración.
- Sexto pago o superior: 30% del promedio de la remuneración hasta agotar el saldo de la cuenta.
¿Cómo solicito el Seguro de Cesantía?
Se debe solicitar el Seguro de Cesantía en: www2.afc.cl, iniciar sesión, hacer clic en "cobro del seguro", seleccionar "comenzar solicitud de cobro" y seguir con las demás indicaciones.
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