El Bono por Hijo es un beneficio que incrementa el monto de la pensión de la mujer, a través de la entrega de una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.
Podrán acceder a este bono las madres que tengan 65 años o más y residan en territorio chileno por un período, continuo o discontinuo, de 20 años. Junto con esto, también deben haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud del beneficio.
¿Qué madres pueden obtener este beneficio?
De acuerdo a la información publicada por el IPS, podrán acceder a este aporte las:
- Madres afiliadas a una AFP que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU) —que antes eran beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Vejez— a contar del 1 de julio de 2009.
- Madres que sin estar afiliadas a un régimen previsional reciben una Pensión de Sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS desde el 1 de julio de 2009.
En caso de cumplir con los requisitos, las madres pueden postular en el sitio https://persona.ipsenlinea.cl/IpsEnLinea/web/ingresoPersonas.jsf en la opción Bono por Hijo.
¿Cuántas veces se paga este aporte?
Este bono no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino cuando la madre se pensiona. La bonificación, que se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales (fijado para los trabajadores mayores de 18 y hasta 65 años), se calcula de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
Esto se pagará en la misma fecha que su respectiva pensión y la cantidad de pagos depende de cada caso. En caso de hijos adoptados, el beneficio se generará tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.
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