El Estado entrega diferentes beneficios para las personas que se encuentran cesantes, para que puedan sobrellevar de mejor manera este periodo de desempleo.
Quienes tuvieron trabajos formales, pudieron juntar ciertos montos en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), para así, ocuparlos en este lapso de emergencia. Sin embargo, para quienes se les agotó este dinero guardado, existe el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), el cual está destinado para quienes cumplan los siguientes requisitos.
¿Qué es el Fondo de Cesantía Solidario?
Consiste en un beneficio que garantiza ayudas mínimas para los afiliados de las AFC, y que se puede entregar bajo dos escenarios:
- Cuando la persona no tiene recursos suficientes ahorrados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) al momento de quedar desempleado.
- Cuando la persona agotó todos los recursos ahorrados para financiarse con el Seguro de Cesantía.
Además de un aporte estatal, existen dos maneras de financiamiento y ambas están a cargo del empleador. Por ejemplo, si el trabajador estaba con contrato indefinido, la cotización es del 0,8%; mientras que será de un 0,2% para quienes estaban con contrado a plazo fijo, por obra o servicio.
¿Quiénes pueden solicitar el Fondo de Cesantía Solidario?
Pueden acceder al beneficio quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar cesante al momento de solicitarlo.
- Tener recursos insuficientes en su CIC para financiar los pagos mientras se encuentra sin empleo.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario al menos en los 24 meses (dos años) anteriores al despido.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y pertenecer al mismo empleador.
- El contrato de trabajo debe haber finalizado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Tener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo, junto con aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que están disponibles en la plataforma.
¿Cómo acceder al beneficio y qué montos puedo recibir?
Cumplidas las condiciones, la persona que está cesante debe ir al sitio web www.afc.cl y pinchar en "Sucursal Virtual", para ingresar el RUT y Clave Única.
Posteriormente el usuario deberá ingresar datos personales junto con el documento que acredita el fin de la relación laboral con el exempleador.
Asimismo, el trámite se puede realizar de forma presencial en las oficinas de la AFC, en donde se debe presentar la cédula de identidad vigente, y el finiquito o documento que acredita la cesantía.
Con respecto a los pagos mensuales del beneficio, estos dependen de la modalidad del contrato de trabajo:
Contrato Indefinido o trabajador de casa particular
- Primer mes: el 70% de la remuneración (máximo de $727.967)
- Segundo mes: el 55% de la remuneración (máximo de $571.976)
- Tercer mes: el 45% (máximo de $467.978)
- Cuarto mes: el 40% (máximo de $415.982)
- Quinto mes: el 35% (máximo de $363.984)
- Sexto mes y siguientes: el 30% (máximo de $311.986)
Contrato a plazo fijo, por obra o servicio
- Primer mes: el 50% de la remuneración (máximo de $519.978)
- Segundo mes: el 40% de la remuneración (máximo de $415.982)
- Tercer mes: el 35% (máximo de $363.984)
- Cuarto y quinto mes: el 30% (máximo de $311.986)
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