Uno de los beneficios que entrega el Estado para los adultos mayores, es la Pensión Garantizada Universal (PGU), aporte que entrega $193.917 pesos a los beneficiarios del antiguo Pilar Solidario de Vejez.

Este aporte se entrega a los mayores de 65 años que no sean parte del 10% de mayores ingresos de la población.

Consulta con tu RUT la fecha de pago de la Pensión Garantizada Universal

Los actuales beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal pueden conocer la fecha y forma de pago de su beneficio, en el sitio web de ChileAtiende.

Para saber cuándo recibirán el pago de octubre, pueden ingresar: AQUÍ. El sistema indicará la fecha y forma en que la persona debe cobrar el pago de la PGU, según la información entregada por el Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Puedo perder el pago de la Pensión Garantizada Universal?

Existen diferentes causales del porqué una persona puede perder el pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU):

- Por el no cobro de la PGU durante 6 meses continuos, aunque podrá solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión. Transcurrido el plazo sin haberse efectuado la solicitud de reactivación, procederá la extinción del beneficio.

- Cuando la persona beneficiaria no proporcione antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.

- Por el fallecimiento del beneficiario o la beneficiaria. Se extinguirá a contar del último día del mes de su fallecimiento.

- Por permanecer fuera del país por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario.

- Por haber entregado antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar cumplimiento de los requisitos de acceso a la PGU.

- Por haber dejado de cumplir el requisito de focalización.

¿Cuáles son los requisitos de la Pensión Garantizada Universal?

Los requisitos para recibir la Pensión Garantizada Universal son:

- Tener 65 años de edad o más.

- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población mayor a 65 años.

- Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior).

- Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:

- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.

- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

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