Este viernes 18 de noviembre comenzará a regir el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, el cual tiene por objetivo articular medidas legales con el fin de promover y garantizar el pago de las pensiones alimenticias.
Esta base de datos será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta (el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro).
Las personas que serán parte del registro son quienes deban, de manera parcial o total, pensiones por tres meses consecutivos o cinco discontinuos, cuando una resolución judicial así lo ordene.
¿Cuáles son las consecuencias de estar en este registro?
Quienes se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos tendrán una serie de consecuencias relacionadas a préstamos, devolución de impuestos, propiedades, las cuales son:
- Retención de la devolución de impuestos.
- Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
- Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
- Se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.
- Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
- Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
- Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
- Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
- Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.
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