El Directorio de Información Comercial (Dicom), corresponde a un registro de información acerca de las deudas que mantiene cierto grupo de la ciudadanía, donde las personas morosas con ciertas características, aparecerán en dicha base de datos.
Estar en esta lista de deudores puede ser un impedimento al solicitar un crédito en un banco. Debido a que las entidades realizan un seguimiento a Dicom para conocer el riesgo financiero de la persona que solicita el préstamo.
Entre las deudas que existen, pueden ser por: Crédito con Aval del Estado (CAE), subsidios, créditos hipotecarios y cajas de compensación, entre otras.
¿Cómo saber si estoy en Dicom?
El método más común es revisar el Informe de Deudas del Sistema Financiero, donde se puede ver la cantidad de deudas que puede tener una persona natural o empresa.
Puedes ingresar a esta lista: AQUÍ. Y realizar la consulta con el número de RUT y Clave Única.
Los pasos a seguir para una persona natural son los siguientes:
- Haga clic en "obtener informe"
- Ingrese su RUN y ClaveÚnica. Si no la tiene, solicítela.
- Haga clic en el botón "obtener informe".
- Como resultado del trámite, obtendrá el documento en formato PDF.
¿Qué deudas no entran en Dicom?
Existen distintas deudas que no pueden entrar en Dicom:
- Las que se adquieren con personas naturales por pago de arrendamientos o préstamos entre estas.
- Obtenidas por el no pago de facturas de servicios como agua, luz o gas.
- Las generadas por el uso de autopistas o TAG.
¿Cómo salir de Dicom?
Una de las formas de salir de Dicom, intuitivamente, es pagar la deuda. Sin embargo, en el caso de continuar en el registro a pesar de que se pagó el débito, se podrá presentar un certificado emitido por el acreedor, que contenga la información de la situación actual y así acelerar el proceso que permite eliminarlo de los antecedentes.
En el caso de que una persona no pueda pagar el déficit, la ley indica que ninguna deuda puede estar publicada por más de cinco años en el boletín comercial, siendo la Cámara de Comercio quien elimine a la persona del registro de deudores.
Por otro lado, para poder borrarse en el sistema es acogerse a la Ley 20.720 (Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas), también conocida como ley de quiebra, la que entrega diversos mecanismos para reorganizar la deuda o declararse en quiebra. Al terminar este proceso todas las deudas quedan extintas.
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