La PGU (Pensión Garantizada Universal) es un aporte económico del Estado que sustituye a los beneficios de la tercera edad del Pilar Solidario, con un pago mensual a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).
El aporte de este beneficio asciende a un máximo de $193.917, monto que se reajusta anualmente, especificamente en febrero.
¿A quién va dirigido este beneficio?
- A todas las personas:
- De 65 años o más.
- Que no sean parte del 10% más rico de la población de 65 años o más, según los datos del Registro Social de Hogares.
- Que acrediten residencia en territorio nacional en estos dos contextos:
- Un período no menor a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el postulante haya cumplido 20 años de edad.
- Una etapa no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años anteriores a la fecha de la solicitud para recibir el beneficio de PGU.
- Dispongan de una pensión base inferior a $1.048.000 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
- No es obligatorio que dispongan de una pensión para obtener el beneficio.
¿Cómo solicitar la PGU?
Existen cuatro vías:
- En línea por www.chileatiende.gob.cl, con el RUT y la clave única.
- En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, ubicadas a lo largo de Chile.
- AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.
- En municipalidades.
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