La PGU (Pensión Garantizada Universal) es un aporte económico del Estado que sustituye a los beneficios de la tercera edad del Pilar Solidario, con un pago mensual a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).

El aporte de este beneficio asciende a un máximo de $193.917, monto que se reajusta anualmente, especificamente en febrero. 

¿A quién va dirigido este beneficio?

- A todas las personas:

- De 65 años o más.

- Que no sean parte del 10% más rico de la población de 65 años o más, según los datos del Registro Social de Hogares.

- Que acrediten residencia en territorio nacional en estos dos contextos:

- Un período no menor a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el postulante haya cumplido 20 años de edad.

- Una etapa no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años anteriores a la fecha de la solicitud para recibir el beneficio de PGU.

- Dispongan de una pensión base inferior a $1.048.000 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.

- No es obligatorio que dispongan de una pensión para obtener el beneficio.

¿Cómo solicitar la PGU?

Existen cuatro vías:

- En línea por www.chileatiende.gob.cl, con el RUT y la clave única.

- En sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social, IPS, ubicadas a lo largo de Chile.

- AFP o compañías de seguros, si la persona está afiliada a una de esas entidades.

- En municipalidades.

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