Como una forma de ayudar a los trabajadores de nuestro país, el Estado dispone de una serie de beneficios monetarios que ayudan a sobrellevar los gastos familiares. Dentro de esos aportes se encuentra el llamado Ingreso Mínimo Garantizado (IMG).

El aporte del Ingreso Mínimo Garantizado es una ayuda económica para los trabajadores dependientes con jornada ordinaria (es decir mayor a 30 horas), el subsidio permite aumentar los ingresos de los trabajadores de manera que se pueda garantizar un sueldo liquido de $340.817 pesos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Garantizado?

- Debes ser un trabajador dependiente.
- Tu contrato debe estar suscrito al Código del Trabajo.
- Tu sueldo bruto debe ser menor a $452.477 pesos.
- Tu contrato debe tener una jornada ordinaria, es decir superior a 30 horas y hasta 45 horas semanales.
- Tu calificación socioeconómica debe estar dentro del tramo del 90% de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH).

¿Cuáles son los montos que entrega este aporte?

El cálculo del subsidio se realiza en base a la remuneración bruta mensual, percibida durante el tercer mes anterior al pago del beneficio. Este monto y la información de cumplimiento de la jornada ordinaria debe estar incluida dentro de tu contrato y liquidación de sueldo.

La remuneración bruta mensual es obtenida y verificada a través de bases administrativas del Estado y contrastado con la información entregada en tu formulario de postulación.

El subsidio para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado permite a los trabajadores y trabajadoras recibir un apoyo monetario de hasta $66.893, dependiendo de su ingreso bruto.

Cabe señalar que la verificación de tus requisitos para acceder al subsidio y el cálculo de este, se realizará en base a la información del tercer mes previo al mes en que se te concede y se paga este. Es decir, si postulas en junio y cumples con los requisitos, te pagarán en julio en base a tu información de abril.

Si postulas dentro de este mes y calificas para obtener el subsidio, recibirás el primer pago en los 5 últimos días hábiles del mes siguiente.

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