Uno de los beneficios que entrega el Estado para ir en ayuda de las familias chilenas es el Subsidio Único Familiar (SUF), y que está destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

El monto del Subsidio Familiar actualmente es de $16.828 por carga familiar. No obstante, en mayo tendrá un incremento de $3.370 (20% adicional), que significará $20.200 por carga familiar. 

En tanto, las personas beneficiarias que tengan alguna situación de discapacidad obtendrán el doble, con un pago de $40.400. 

Las personas que dan derecho a percibir el Subsidio Familiar (causantes) pueden acceder a prestaciones médicas (preventivas y curativas) y odontológicas gratuitas.

En el caso de las embarazadas, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser "causante madre". Cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

¿Quiénes son los beneficiarios del Subsidio Familiar?

Son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
- Son causantes de Subsidio Familiar quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:

- Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste, a menos que fueren personas con discapacidad.

- Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
Además:

- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.

¿Cómo solicitar el beneficio?

Según el sitio web de ChileAtiende, para solicitar este beneficio es necesario consultar directamente en su municipalidad. Por lo general, los documentos solicitados son:

- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carnet de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

Si eres beneficiario o beneficiaria de dicho beneficio puedes consultar la fecha de tu pago en la plataforma de consultas de ChileAtiende

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