Las y los trabajadores deben, obligatoriamente, dejar parte de su dinero en los fondos de pensiones de las AFP. En este sentido, quienes están afiliados a estas entidades cuentan con ciertos beneficios, ya sea acumulativos en su vida laboral o una vez se jubilen.
Algunos de ellos están el Bono de Reconocimiento, Bono por Hijo y la Pensión Garantizada Universal, que en Mega Te Ayuda te explicamos en detalle.
¿Cuáles son los bonos y ayudas para afiliados de las AFP?
Pensión Garantizada Universal
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio que llegó a reemplazar el Pilar Solidario, y su pago mensual está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS).
Este año el beneficio aumentó sus focalización en contexto de la promulgación de la "Ley Corta" permitiendo llegar a muchas más personas.
Bono de Reconocimiento
Los ex cotizantes del antiguo sistema de pensiones, tras cambiarse al actual sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), podrán recibir de manera adicional el Bono de Reconocimiento.
Este aporte económico permite aumentar el monto de ahorros acumulados en la Cuenta de Capitalización Individual del afiliado, y que podrá hacer uso cuando este se pensione por vejez o invalidez, o incluso podrá ser recibido cuando fallezca.
Bono Post Laboral
El Bono Post Laboral, es un bono mensual para trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones. Dentro de sus características, se encuentra que este bono se entrega por toda la vida y no es imponible, ni constituye indemnización o renta.
Se debe solicitar el beneficio, cuyo monto para este 2023 es de $ 90.877 dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal de pensión.
Bono por Hijo
El Bono por Hijo es una beneficio exclusivo para las madres de nuestro país y que busca incrementar el monto de la pensión de la mujer, entregando una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado.
Esta bonificación, que es adjudicada una sola vez al beneficiario y que es irrevocable, comienza a generar rentabilidad desde la fecha de naicmiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, lo que se puede calcular de la siguiente forma:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
Subsidio a la Cotización de Trabajadores Jóvenes
El Gobierno, a través del Instituto de Previsión Social (IPS), entrega el Subsidio a la cotización de trabajadores jóvenes, un aporte mensual de $22.000 a empleados dependientes de entre 18 y 35 años. Este dinero se suma a sus cotizaciones previsionales.
Entre los requisitos para ser beneficiario se encuentra el poseer una remuneración igual o menor a 1,5 ingresos mínimos mensuales, registrar menos de 24 cotizaciones y tener las cotizaciones de seguridad social pagadas o declaradas.
Garantía Estatal
De acuerdo a la Superintendencia de Pensiones, la Garantía Estatal corresponde a "un complemento a la pensión, el que varía de acuerdo a determinadas características y/o requisitos que debe cumplir la beneficiaria o beneficiario".
Los montos de esta ayuda económica se ajustan anualmente, específicamente, en diciembre.
Cuota Mortuoria
La Cuota Mortuoria consta de un aporte monetario para ayudar en los gastos funerarios tras la muerte de un afiliado de las AFP o que recibe mensualmente la Pensión Garantizada Universal (PGU).
La Superintendencia de Pensiones indica que "no habrá derecho al beneficio de cuota mortuoria cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) o la AFP tenga conocimiento de que, en vida, la o el afiliado contrató y pagó, de manera anticipada, los servicios funerarios".
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