Las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP) poseen una buena cantidad de ayudas económicas para sus afiliados, entre las cuales está la pensión por invalidez, un subsidio mensual destinado a aquellas personas menores de 65 años de edad, que hayan sido declaradas con invalidez por un profesional de la salud.
En este sentido, la persona debe realizar la solicitud en su AFP y esta solicitará a la Comisión Médica Regional (CMR) correspondiente que califique la condición de la persona, para dictaminar el tipo de pensión que le corresponde.
Tipos de pensión por invalidez
De acuerdo con la Superintendencia de Pensiones, el personal médico determinará si la condición física o psicológica que disminuye la capacidad laboral del solicitante es objetiva, demostrable y se encuentran agotados los tratamientos médicos accesibles. Posteriormente, emitirá el primer dictamen que clasifica el grado de invalidez:
- Pensión por invalidez parcial: La capacidad laboral de la persona es menor al 50% e inferior a dos tercios, por lo que debe solicitar la reevaluación cada tres años, tres meses antes de la fecha de vencimiento del anterior dictamen.
- Pensión por invalidez total: En caso de que la capacidad laboral del solicitante sea menor a dos tercios, no deberá solicitar la reevaluación, ya que el dictamen será único y definitivo.
Enfermedades que admite la pensión por invalidez
Tal como señala ChileAtiende, existen muchas enfermedades que pueden ser motivo para convertirse en un pensionista por invalidez, algunas de ellas son:
- Padecimientos que afectan a las articulaciones.
- Afecciones del sistema nervioso central. Por ejemplo: Alzheimer.
- Afecciones respiratorias, tales como asma o un trasplante de pulmón.
- Enfermedades renales crónicas.
- Problemas de salud que afecten la visión o audición.
- Afecciones cardíacas.
Además, también admiten otras enfermedades que limiten el desempeño de las actividades cotidianas, como las que tengan que ver con el cuidado personal, organización del hogar, el traslado de un lugar a otro, con la condición de que la invalidez no la haya causado un accidente laboral o enfermedad profesional.