Entre los diversos aportes económicos que entrega el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) se encuentra el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), un subsidio destinado a las mujeres de entre 25 y 59 años con 11 meses de edad, el cual se entrega mensual o anualmente durante cuatro años consecutivos.
Además, en caso de fallecimiento, existen ocasiones en las que el heredero legal de la beneficiaria puede obtener el subsidio por tiempo limitado, refuere el Sence. A continuación conocerás el procedimiento para que los herederos puedan recibir la ayuda estatal, cuyo monto puede ir desde 1$ hasta $570.825 acorde al pago mensual o anual.
¿Cuánto se puede recibir con el Bono al Trabajo de la Mujer?
El pago se calcula en base a tres tramos (A, B y C), de manera que se incluya a la nueva beneficiaria en alguno de ellos, según las rentas brutas que percibió. Por lo tanto, en el caso de que la persona haya escogido el pago anual, podría recibir lo siguiente:
- Tramo A: Si tu renta anual es igual o inferior a $2.854.125, podrías recibir entre $1 a $570.825.
- Tramo B: Si la renta anual se ubica entre $2.854.125 y $3.567.657, el pago será cercano a $570.825.
- Tramo C: Si la renta oscila entre $3.567.657 y $6.421.781, el pago irá desde $570.825 a $1.
Por otro lado, si escogió la modalidad mensual, el pago se calcula de la siguiente manera:
- Tramo A: Si la renta mensual es igual o inferior a $269.572, la beneficiaria puede recibir desde $1 a $40.436 mensuales.
- Tramo B: Si la renta anual se ubica entre $269.572 y $336.965, el pago será cercano a $40.436 al mes.
- Tramo C: Si la renta sobrepasa los $336.965 y es inferior a $606.537, el pago mensual será desde $40.436 a $1.
De igual forma, puedes consultar de cuánto será el pago mensual o anual ingresando el Rol Único Nacional (RUN) y ClaveÚnica en este enlace.
¿Cómo solicito el Bono al Trabajo de la Mujer por una familiar fallecida?
En caso de que la beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer fallezca antes de cumplir los cuatro años de beneficio, el SENCE informa que el heredero legal deberá enviar una solicitud al Buzón Ciudadano, en la cual indique que requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio.
De este modo, tendrá que adjuntar la carta de solicitud de re-emisión (volver a solicitar la emisión del pago) bajo el formato que verá en este link. Necesitará:
- Certificado de defunción de la usuaria.
- Copia del certificado de Posesión Efectiva.
- Copia simple de la cédula de identidad del solicitante.
En caso de haber más de un heredero legal, adjuntar adicionalmente un Poder Simple que acredite a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito, bajo el formato del siguiente enlace. Asimismo, los datos bancarios informados en el Poder Simple deben ser los mismos que los detallados en la carta.