La Ley 20.850, más conocida como Ley Ricarte Soto, es un Sistema de Protección Financiera que subvenciona medicamentos y tratamientos para enfermedades de alto costo.

Este aporte cubre la totalidad del valor de fármacos, dispositivos médicos y alimentos de 27 enfermedades que impactan el presupuesto de las personas.

Ir a la siguiente nota

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder optar a la cobertura de la Ley Ricarte Soto, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser afiliado o afiliada del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), en sus tramos A, B, C o D, y sus cargas familiares.
  • Padecer una de las 27 enfermedades contempladas en la Ley Ricarte Soto.
  • Cumplir con los criterios de inclusión establecidos en los Protocolos del Ministerio de Salud (Minsal).

¿Cómo acceder?

Para acceder a la cobertura de la Ley Ricarte Soto tanto en la red pública como privada, se debe seguir los siguientes pasos:

  • El médico tratante debe determinar si el paciente cumple con los criterios establecidos para cada problema de salud, los que están definidos en los Protocolos por el Ministerio de Salud.
  • El especialista tratante solicitará la confirmación del diagnóstico y/o tratamientos, rellenando el "Formulario de sospecha fundada".

  • El médico tratante deberá recibir la respuesta del comité de expertos clínicos del Ministerio de Salud.

  • Una vez reciba la respuesta, el profesional avisará si fue o no aprobado el tratamiento para ser financiado por la Ley Ricarte Soto.
  • Ya con el aviso o notificación se activa el beneficio, por lo que en conjunto con el paciente asignará un establecimiento para tratamiento y seguimiento.

¿Cuáles son las enfermedades que cubre la Ley Ricarte Soto?

  • Angiodema Hereditario.
  • Artitris psoriásica Moderada a Grave Refractaria a Tratamiento Habitual.
  • Artitris psoriásica Moderada a Grave Refractaria a Tratamiento Habitual.
  • Cáncer de mamas que sobre pase el gen HER2+ (tratamiento con Trastuzumab).
  • Colitis ulcerosa grave, refrectaria al tratamiento de primera línea.
  • Diabetes tipo I inestable severa.
  • Distonía generalizada.
  • Enfermedad de Crohn Grave Refrectaria a tratamiento habitual.
  • Enfermedad de Fabry (tratamiento con Agalsidasa).
  • Enfermedad de Gaucher (tratamiento con Taliglucerasa o Imiglucerasa).
  • Esclerosis múltiple refrectaria a tratamiento habitual y esclerosis múltiple primaria progresiva.
  • Epidermólisis bullosa.
  • Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
  • Enfermedad de Huntington.
  • Hipertensión arterial pulmonar grupo I.
  • Hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda poslocutiva.
  • Inmunodeficiencias primarias.
  • Lupus eritematoso sistémico.
  • Mucopolisacaridosis tipo I (tratamiento con Laronidasa).
  • Mucopolisacaridosis tipo II (tratamiento con Idursulfasa).
  • Mucopolisacaridosis tipo VI (tratamiento con Galsulfasa).
  • Mielofibrosis.
  • Nutrición enteral domiciliaria total o parcial para personas cuya condición de salud imposibilita la alimentacipon por vía oral.

  • Profilaxis del virus respiratorio sincicial.
  • Tirosinemia tipo I (tratamiento con Nitisinona).
  • Tumores Neuroendocrinos Pancreáticos.
  • Tumores de estroma gastrointestinal (GIST).

Todo sobre Mega Te ayuda