Gracias a la licencia médica, el trabajador que quede incapacitado temporalmente no tendrá que preocuparse por su empleo, puesto que se le permite reducir o ausentarse de su jornada laboral; mientras que el Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) cubre el monto de su remuneración.
Es necesario que el trabajador envíe el documento a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compín) para que la institución pueda determinar los subsidios correspondientes. Sin embargo, de ser rechazada o reducida puede apelar.
Tipos de licencias médicas
La emisión de licencias médicas está a cargo de los profesionales de la salud, tales como médico-cirujanos, cirujano-dentistas o matrón/a.
Además, el tipo de licencias médicas que pueden extender son:
- Tipo 1: Enfermedad o accidente común.
- Tipo 2: Medicina preventiva.
- Tipo 3: Prenatal y postnatal.
- Tipo 4: Enfermedad grave del niño menor a un año.
- Tipo 5: Accidente laboral o del trayecto.
- Tipo 6: Enfermedad profesional.
- Tipo 7: Patologías del embarazo.
Una vez recibida, el trabajador público tiene tres días hábiles para presentar la licencia al empleador, mientras que los privados e independientes tienen dos, a partir de la fecha de inicio del reposo o ausencia del trabajo.
Posteriormente, este tendrá que firmar y entregar la documentación ante las autoridades respectivas dentro de los tres días hábiles siguientes.
Cómo apelar una licencia médica rechazada
En caso de que la Compín rechace o reduzca la licencia médica, o se produzca el cálculo erróneo del SIL, el trabajador afiliado a una Institución de Salud Previsional (Isapre) podrá tramitar su reclamo en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del recibimiento de la carta de notificación de rechazo, según ChileAtiende.
Si la resolución de la Compín no es favorable, puede llevar el caso a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO). Por otro lado, si el trabajador es asegurado del Fondo Nacional de Salud (Fonasa), debe apelar directamente en la SUSESO.