El Seguro de Cesantía es uno de los beneficios a los que pueden acceder los trabajadores que hayan perdido su empleo, ya sea por renuncia, despido o fin de contrato.
El aporte está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y permite obtener el dinero ahorrado Cuenta Individual de Cesantía (CIC) mientras la persona trabajaba formalmente.
Para cobrarlo el documento más comúnmente solicitado para acreditar la condición de cesantía es el finiquito, sin embargo, existen otras opciones para respaldar el fin de su relación laboral.
¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito?
La AFC acepta una serie de documentos que se pueden presentar en reemplazo del finiquito. Estos son:
- Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
- Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.
- Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada por un ministro de fe.
- Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador y el empleador, ratificada ante un ministro de fe.
- Carta de autodespido o despido indirecto: firmada por el trabajador.
- Acta de avenimiento.
- Acta de comparecencia o conciliación judicial.
- Contrato de trabajo menor a 30 días.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios.
- Certificado de término de relación laboral emitido por la Inspección del Trabajo.
- Declaración jurada electrónica, emitida por la Dirección del Trabajo.
- Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo.
- Sentencia judicial.
- Demanda laboral.
¿Cómo solicitarlo?
Para tramitar el cobro del Seguro de Cesantía puedes hacerlo en las oficinas de las AFC o en su sitio web siguiendo estos pasos:
- Ingresa en la sucursal virtual para afiliados de la AFC en este link
- Inicia sesión con tu Clave Única o RUT/NIC y clave de acceso.
- Selecciona la opción "Cobro del Seguro", y luego hacer clic en "Solicitar cobro del seguro".
- Completa el formulario que se desplegará en la pantalla y sube el finiquito o documento que acredite el estado de cesantía