La labor de las personas que prestan cuidados a personas con discapacidad, con dependencia moderada o severa y/o necesidades educativas especiales, son reconocidas a través de la credencial de persona cuidadora.
Este documento permite identificar a quienes prestan asistencia permanente a personas que requieren apoyo para la realización de actividades diarias (aseo, alimentación, vestimenta, entre otras), cuya condición les impide hacerlo por sí solas. Además, es una credencial que ofrece diversos beneficios estatales.
Requisitos de la credencial de persona cuidadora
Para acceder a esta ayuda, tanto la persona que necesita de los cuidados como la persona cuidadora deben cumplir con los siguientes requisitos legales:
- Cédula de identidad vigente de la jefatura de hogar de la persona que requiere cuidados y también la de su cuidador.
- Estar inscritos en el Registro Social de Hogares, ya sea en el mismo núcleo familiar o no.
- La persona cuidadora debe ser mayor de 18 años de edad.
La persona que requiere cuidados puede registrar hasta 3 cuidadores (uno principal y dos secundarios); mientras que la persona cuidadora puede declarar hasta 3 personas que requieren cuidados y la solicitud debe realizarla en el municipio de la persona cuidadora o de la persona que requiere cuidados.
Beneficios de la credencial de persona cuidadora
Según la página de la Red de Protección Social, a aquellas personas que ya poseen la credencial el Estado les brinda acceso preferencial en sucursales u oficinas de las siguientes instituciones públicas:
- Atención primaria de salud.
- Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
- Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu).
- Registro Civil.
- Servicio Nacional de Discapacidad (Senadis).
- ChileAtiende.
- BancoEstado.
- Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama).
- Instituto de Previsión Social (IPS).
- Puntos de atención del Registro Social de Hogares.