La prevención, detección y control de enfermedades es uno de los objetivos del Bono por Control Niño Sano, un beneficio estatal cuyo valor es de $11.000 mensuales y que se entrega por cada niño o niña que acredita tener al día el control de salud.
Si bien el aporte no es postulable, los padres o representantes deben acudir a su municipalidad para realizar el proceso de acreditación, y a continuación te mostraremos cómo realizarlo de forma fácil y rápida.
¿Quiénes pueden acreditar el Control Niño Sano?
Las familias participantes del Subsistema de Seguridades y Oportunidades son las únicas personas que tienen derecho de acceso al beneficio, y deben cumplir con los siguientes requisitos, según ChileAtiende:
- Haber firmado la carta de compromiso y el Plan de Intervención.
- Ser beneficiario del Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
- Tener uno o más integrantes menores de seis años, al 31 de marzo del año respectivo, cuyo control de salud del niño sano esté al día.
Cómo acreditar el Control Niño Sano para recibir el bono de $11 mil
ChileAtiende refiere que para hacer el trámite el beneficiario debe dirigirse a su respectivo municipio y presentar el carné de control de niño sano al día.
Una vez que la persona firmó la carta de compromiso y el Plan de Intervención, se aplica la acreditación del control de niño sano conforme a la edad del mismo. En este sentido, los hogares que tengan como miembros a niños menores de dos años, al 31 de marzo de 2023, deben acreditar en cuatro ocasiones:
- Primera acreditación: Pueden acreditar desde el primer hasta el segundo mes, contados a partir de la firma del Plan de Intervención.
- Segunda acreditación: Desde el séptimo hasta el octavo mes.
- Tercera acreditación: Desde el decimotercer mes hasta el decimocuarto mes.
- Cuarta acreditación: Desde el decimonoveno hasta el vigésimo mes.
En el caso de las familias que tengan como miembro a un niño de entre dos y seis años, al 31 de marzo de 2023, deben acreditar sólo en dos ocasiones:
- Primera acreditación: Desde el primer hasta el segundoecimo cuarto mes.
- Segunda acreditación: Desde el decimotercer hasta el decimo cuarto mes.