Las trabajadoras de entre 25 y 59 años deben postular al Bono al Trabajo de la Mujer, una ayuda estatal destinada exclusivamente a las mujeres miembros de familias pertenecientes al 40% más vulnerable de la población. Con este beneficio pueden recibir hasta $40 mil (pago mensual) o $570 mil (pago anual).
Sin embargo, es necesario que las beneficiarias acrediten una renta igual o inferior a $7.278.446 ó $606.537, según sea el caso, lo cual puede afectar la reliquidación del bono y, si corresponde, provocar que la persona deba realizar el reintegro (devolución) del monto del aporte económico.
¿Qué es la reliquidación del Bono al Trabajo de la Mujer?
De acuerdo con el Sence, se trata del saldo a favor o en contra producto del cálculo total del beneficio, incluyendo los descuentos de los adelantos mensuales (pago mensual), al monto anual (pago anual).
Es decir, se determinará si la persona tiene saldo a favor o en contra en base al cálculo anual, considerando las rentas y cotizaciones del año anterior. Asimismo, al monto anual se le descuenta un 75% para el cobro mensual, mientras que el 25% restante se paga en agosto de cada año.
¿Quiénes deben devolver el dinero del Bono al Trabajo de la Mujer?
En caso de que el monto pagado supere el establecido, en base al cálculo anual, se le notificará a la beneficiaria a través de una carta certificada, la cual también informará que la suma podrá descontarse de los futuros subsidios si no realiza la devolución del dinero.
En caso de no contar con los recursos, la deuda será derivada a la Tesorería General de la República. Por otro lado, las beneficiarias pueden consultar si tienen montos a favor o en contra en el portal de consulta al que pueden ingresar pulsando aquí.