Durante agosto, el Estado dispone de una serie de bonos y subsidios para distintos grupos de la población, entre ellos los adultos mayores.
Estos aportes cuentan con distintos requisitos como ser pensionados, tener hijos, llevar al menos 50 años de matrimonio, haber cotizado en las antiguas cajas de previsión, entre otros.
Aportes para adultos mayores en agosto
Bono por Hijo
El Bono por Hijo es un beneficio que de otorga a las mujeres de 65 años o más que se encuentren pensionadas y que sean madres (biológicas o adoptivas).
El monto a recibir se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y es equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
Cabe mencionar que si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el mínimo vigente en aquel entonces, que corresponde a $165 mil. Mientras que, en los casos en que haya nacido después del 1 de julio 2009, el ingreso corresponderá al monto vigente durante el mes de nacimiento.
Pensión Garantizada Universal
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es sin duda uno de los beneficios más conocidos para la tercera edad.
Se entrega a las personas de 65 años o más y otorga un monto de hasta $206.173 mensuales a quienes cumplan con los requisitos.
Las postulaciones se encuentran abiertas durante todo el año en el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS), ingresando con el RUT.
Bono Bodas de Oro
El Bono Bodas de Oro está pensado para las parejas que cumplan 50 años de matrimonio y entrega un monto único de $403.874, el cual se reparte entre marido y mujer.
Una vez cumplido este aniversario, el matrimonio cuenta con un año de plazo para solicitarlo. Sin embargo, por la pandemia, quienes cumplieron o vayan a cumplir 50 años casados entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de agosto de 2023, podrán presentar su solicitud hasta el 2 de septiembre de 2024.
Bono de Reconocimiento
Pueden acceder al Bono de Reconocimiento las personas de la tercera edad que hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las AFP.
Este aporte se entrega como un documento expresado en dinero que se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario, sumándolo a sus ahorros acumulados cuando se jubila.
El bono no cuenta con postulación directa y debe ser solicitado directamente a la AFP en que la persona esté afiliada.