Cada vez queda menos para que comiencen las celebraciones de Fiestas Patrias, que este año tendrá un fin de semana XL, dado que el lunes 18 y martes 19 de septiembre son feriados irrenunciables.

Jornadas en las que a lo largo del territorio se conmemora con diversas fondas, eventos y buena comida, y donde muchos incluso viajarán a otras localidades.

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Celebraciones que traen consigo un gasto extra, por lo que es habitual en esta época del año que los trabajadores, ya sea del sector público como privado, reciban el aguinaldo, beneficio que también le corresponde a los pensionados.

¿Cuál es el aguinaldo que reciben pensionados?

Los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) también reciben este tan ansiado y bien esperado aporte económico, que es entregado una sola vez al año, junto con la respectiva pensión de septiembre.

El monto del aguinaldo asciende a $23.261 a todos quienes cumplan con los requisitos dispuestos por el organismo. A esta cifra se le suman $11.933 por cada carga familiar, que debe ser acreditada el 31 de agosto de 2023.

Cabe destacar que este aporte no tiene descuentos, ni tampoco paga impuestos, ya que no es tributable.

¿Qué pensionados reciben el aguinaldo del IPS?

El aguinaldo del IPS lo reciben todos aquellos pensionados que cumplan uno de los siguientes requisitos:

  • Pensionados del IPS que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos.
  • Pensionados de las Mutualidad de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Pensionados de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
  • Pensionados de reparación: Ley N° 19.123 (Retting) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario, o pensiones mínimas como Garantía Estatal.

¿Cómo obtengo el incremento de aguinaldo?

El incremento del aguinaldo del Instituto de Previsión Social lo recibirán todos aquellos beneficiarios de la Asignación Familiar en caso de:

  • Sean recibidas por una persona distinta del pensionado.
  • Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4.

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