El Gobierno chileno se une a la celebración de las parejas que cumplen 50 años de casados con el pago único de $403.874, correspondiente al Bono Bodas de Oro, el cual se efectúa luego de que los cónyuges hayan alcanzado dicho tiempo de unión matrimonial.

El monto asignado se reajusta en octubre de cada año y debe ser solicitado por ambos cónyuges, pero hay un límite de tiempo para solicitarlo luego del aniversario 50 de casados. Por ello a continuación te mostraremos el plazo que tienes para pedirlo y cuáles son los requisitos legales.

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Requisitos del Bono Bodas de Oro

ChileAtiende refiere que las parejas que hayan cumplido los 50 años de matrimonio, pueden recibir el beneficio si cumplen con los siguientes requerimientos:

  • No estar separados o divorciados.
  • Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, en base a su calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares.
  • Convivir en el mismo hogar o acreditar residencia en hogares de larga estadía, ya sea uno o ambos, reconocido por la autoridad correspondiente.
  • Acreditar residencia en territorio chileno por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años anteriores a la fecha de la solicitud.

Plazo para solicitar el Bono Bodas de Oro tras el aniversario 50

Según ChileAtiende, una vez que la pareja cumple 50 años de matrimonio, tiene hasta un año para solicitar el beneficio. No obstante, si el matrimonio cumplió los 50 años entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de agosto de 2023, pueden enviar la solicitud hasta el 2 de septiembre de 2024, esto debido a la contingencia producto de la covid-19.

De esta manera, pueden realizar el trámite de dos maneras:

  • En línea: A través de la Sucursal Virtual de ChileAtiende, donde un funcionario tomará contacto, por lo que sólo deben subir una foto de su cédula de identidad y agregar los datos de las cuentas bancarias de ambos, si lo desean.
  • Presencial: Consulten si son beneficiarios llamando al 101, luego, deben acudir con sus cédulas de identidad vigentes a una oficina de ChileAtiende, o poder notarial si el trámite lo hace un apoderado, y llevar a cabo el proceso de solicitud.

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