El Bono Dueña de Casa, también conocido como Bono de Protección, es un beneficio estatal al que no se debe postular, ya que lo reciben todas las familias y personas usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.

La función de este bono, es facilitar la participación en los programas de Chile Seguridades y Oportunidades y es de libre disposición, siendo una contribución al ingreso de las familias y de las personas, además de ser un apoyo al proceso de participación en los programas.

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¿Cuáles son los montos que entrega el Bono de Protección?

Este bono se entrega mensualmente, por 24 meses, y disminuye con el tiempo dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo con los siguientes tramos:

- Los primeros 6 meses el bono asciende a $21.823.

- Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.

- Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.

- Desde el mes 19 al 24: $16.828 (valor corresponde a monto SUF).

Cabe recordar que el único requisito para recibir el Bono Dueña de Casa es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades, los que son: FamiliasAbriendo CaminosCalle Vínculosa través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención, acciones que una vez realizadas, gatillan directamente la gestión y posterior pago del bono de protección, el que inicia en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).

¿Cómo se paga este bono?

El pago del Bono Dueño de Casa, se realiza a través de la CuentaRUT del BancoEstado a nombre de la persona designada como cobradora asignada. En caso de no tenerla, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicita la apertura de dicha cuenta al Banco Estado, sin trámite ni costos para la persona usuaria.

En estos casos, quienes cobren el bono deberán acercarse a la sucursal del banco más cercana a su domicilio a retirar la tarjeta, ya que su cuenta se encontrará activa y con ello, hacer efectivo el cobro.

También se puede recibir el pago presencial. De esta forma el usuario puede cobrarlo en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad, el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.

De acuerdo a la información entregada por el Ministerio de Desarrollo Social, el pago del bono de protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificaciónde invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).

Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.

Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.

Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.

Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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