Uno de los meses con más gastos en nuestro país, es sin duda septiembre. Y es que el noveno mes del año, trae consigo las celebraciones de Fiestas Patrias, ocasión en la que las familias aprovechan ya sea de salir de vacaciones o bien hacer una serie de actividades que conllevan las fiestas a lo largo de todo Chile.
Los altos gastos de la época se justifican por la extensión de las Fiestas Patrias y que este 2023 contemplan 4 días de celebración, teniendo en cuenta los días sábado y domingo 16 y 17 de septiembre, a los que se suman los lunes 18 y martes 19 y que por ley son feriados irrenunciables.
¿Quiénes reciben el aguinaldo?
Ante el escenario anterior, cualquier ayuda monetaria es bien recibida por los trabajadores que ven en el aguinaldo de Fiestas Patrias un salvavidas ante tanto gasto. Cabe destacar que en nuestro país hay diferentes grupos que reciben dicho pago, entre los que se encuentran los pensionados, los trabajadores públicos y los trabajadores del sector privado.
En el caso de los pensionados, el aguinaldo se paga una sola vez en el año junto a la pensión de septiembre a todas las personas beneficiarias que cumplan con los requisitos.
Con relación a los empleados públicos, la ley establece que se concederá un aguinaldo por Fiestas Patrias del 2023 a trabajadores del sector público que desempeñen cargos de planta o a contrata al 31 de agosto del año 2023.
Por otro lado, en el caso del aguinaldo para trabajadores del sector privado se debe tener en cuenta que los empleadores no es una obligación legal entregarlo.
¿Qué pasa con los trabajadores del sector privado?
Si bien no es obligación que las empresas privadas entreguen un aguinaldo de Fiestas Patrias, sí existe la posibilidad de recibir el pago.
De acuerdo a lo informado por el Gobierno, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo por las Fiestas Patrias si se encuentra contemplado en su contrato de trabajo o si existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo se encuentre incorporado como cláusula.
En casos como los anteriores el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador como un derecho de los trabajadores y trabajadoras.