Quedan pocos días para el inicio de las celebraciones de Fiestas Patrias, una de las fechas más esperadas por los habitantes de todo el país.
Días de festejos en que, por ley, es obligatorio el izamiento de la bandera de Chile en los hogares. Quienes no la coloquen en la fecha y forma correcta, se exponen a importantes multas.
¿Qué día es obligatorio el izamiento de la bandera?
Desde el 2011, la ley 20.527 indica que el izamiento de la bandera está permitido en cualquier época del año, siempre y cuando se utilice de manera correcta dicho emblema.
Asimismo, la normativa mandata la obligación del símbolo tricolor durante toda la jornada del 18 y 19 de septiembre, en todos los edificios públicos y privados.
Por otro lado, destaca que en los departamentos no es obligatorio su uso si el edificio cuenta con bandera.
¿Cuáles son las multas?
En caso de no cumplir con el izamiento de la bandera los días indicados, instalarla al revés o no exhibirla, las personas arriesgan multas que van desde las 1 a 5 UTM, es decir, de $63.452 a $317.260.
¿Cómo colocar la bandera?
Para aclarar cualquier tipo de confusión, se estableció una única forma de izar la bandera chilena, ya sea para Fiestas Patrias u otras fechas.
De acuerdo a la página web del Gobierno, en caso de poner la bandera de manera horizontal (colgada en una ventana), la estrella debe quedar en la esquina superior izquierda mirada desde el frente.
Si va a poner la bandera de manera vertical (colgada en una ventana) la estrella debe quedar en la esquina superior izquierda, mirada desde el frente.
Si va a usar un mástil, este debe ser blanco y la bandera en el tope superior.