El Estado chileno toma en consideración las familias donde fallece un pensionado (causante) afiliado al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), a quienes beneficia con la Pensión de Sobrevivencia del Sistema de Pensiones, un aporte que entrega un monto proporcional en base a la pensión de referencia del causante.
Sin embargo, la Red de Protección Social establece que sólo las personas más cercanas al causante pueden enviar la solicitud de acceso a la pensión, por lo que deben conocer los canales disponibles para realizar el trámite.
Beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia del Sistema de Pensiones (AFP)
El monto de la pensión corresponderá al porcentaje en base a la pensión de referencia del causante, y pueden recibirlo las siguientes personas:
- 50% para el cónyuge con hijos comunes.
- 60% para el cónyuge si no existen hijos en común.
- 60% para el cónyuge sin hijos en común o hijos del causante.
- 50% para el conviviente civil con hijos en común.
- 15% para el conviviente civil si existen hijos del causante y no hay hijos en común.
- 36% para la madre y/o padre de hijos no matrimoniales que no tienen derecho a pensión.
- 30% para la madre y/o padre de hijos que tienen derecho a pensión.
- 11% para hijos con discapacidad parcial que cumplan 24 años de edad.
- 50% para las madres y padres del causante que sean beneficiarios de la Asignación Familiar.
- 15% para hijos menores de 18 años o que tengan entre 18 y 24 años, en este último caso deben ser estudiantes regulares de cursos de enseñanza básica, media, técnica o superior.
Dónde solicitar la Pensión de Sobrevivencia del Sistema de Pensiones (AFP)
El trámite se realiza de forma presencial en la sucursal de la AFP a la que se encuentre afiliado el solicitante u oficina de ChileAtiende más cercana. Una vez en el sitio, tendrá que explicar el motivo de la visita, entregar los documentos requeridos, firmar la solicitud y declaración de beneficiarios y esperar la respuesta de la AFP.