La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un bono creado por el Estado que se otorga en reemplazo a los beneficios de vejez del Pilar Solidario. El aporte entrega montos de hasta 206.173 pesos.
En el caso de las personas que se acogen a la pensión de vejez de manera anticipada, puede surgir la duda sobre si tienen o no derecho a recibir la PGU.
Quiénes reciben la Pension Garantizada Universal
El Instituto de Previsión Social indica que el beneficio está dirigido a personas de 65 años o más, que no integren el 10 por ciento más rico de la población, que acrediten haber vivido en Chile al menos 20 años tras cumplir los 20 años de edad. Además, su pensión base debe ser inferior a $1.114.446.
¿Puedes obtener la PGU si estás acogido a la pensión de vejez anticipada?
Según explica ChileAtiende, la respuesta es que sí es posible recibir el aporte, bajo la figura de un derecho a un complemento del beneficio, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley Nº 21.419. Es importante resaltar que estos pensionados nunca acceden a la totalidad del monto de la PGU.
Estos son los requisitos para acogerse al derecho a complemento del beneficio:
- Contar con un bono anticipado por trabajo pesado, con rebaja de edad efectiva (aplicado entre los 60 a 65 años).
- Tener un beneficio o al menos la cantidad de pensiones deseadas en el sistema del DL Nº 3.500 y que representen un monto inferior al monto de la PGU.
- Contar con el requisito de la focalización y la residencia establecidos en el artículo 10 de la Ley Nº 21.419.
Cómo son los pagos de la PGU
De acuerdo con lo informado en Chile Atiende, el Instituto de Previsión Social (IPS), encargado de asignar este beneficio, establece dos criterios para calcular este beneficio:
- En el caso de las personas que tengan un bono base menor o igual a $702.101 mensuales, la cantidad de la PGU puede subir a $206.173.
- Por otro lado, para los tengan un bono base que supere los $702.101, pero que no pase de los $1.114.446, el monto de la PGU puede ser variable.