Durante octubre, el Estado entrega una serie de bonos y subsidios para distintos grupos de la población, entre ellos los adultos mayores.
Estos aportes van destinados a distintos grupos de la tercera edad como pensionados, matrimonios, entre otros.
Bono por Hijo
El Bono por Hijo es una ayuda que se otorga a las mujeres de 65 años o más que se encuentren pensionadas y que sean madres, ya sea biológicas o adoptivas.
El monto a recibir se fija y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y es equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
Es importante señalar que si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el mínimo vigente en aquel entonces, que corresponde a $165 mil. Mientras que, en los casos en que haya nacido después del 1 de julio 2009, el ingreso corresponderá al monto vigente durante el mes de nacimiento.
Pensión Garantizada Universal
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es uno de los beneficios más populares que está destinado a los adultos mayores de 65 años o más.
Esta ayuda entrega un monto de hasta $206.173 mensuales a las personas que cumplan con los requisitos.
Las postulaciones se encuentran abiertas durante todo el año en el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS), ingresando con el RUT.
Bono Bodas de Oro
El Bono Bodas de Oro es un aporte monetario para las parejas que cumplan 50 años de matrimonio y otorga un monto único de $425.360.
Esta ayuda se divide y paga en partes iguales a cada uno de los cónyuges, es decir, $212.680.
Una vez cumplico el aniversario, el matrimonio tiene un año de plazo para solicitar el pago de este beneficio.
Bono de Reconocimiento
El Bono de Reconocimiento es una ayuda que se entrega a las personas de la tercera edad que hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las AFP.
Este beneficio se otorga como un documento expresado en dinero que se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario, sumándolo a sus ahorros acumulados al momento de pensionarse.
El bono no cuenta con postulación directa y debe ser solicitado directamente a la AFP en que la persona esté afiliada.