El Estado chileno garantiza los derechos laborales de todos los trabajadores y cesantes del país a través de distintos beneficios, tanto monetarios como sociales, entre los que se encuentra la indemnización por término de contrato.

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¿Qué es la indemnización por término de contrato?

Es una indemnización que puede complementar o sustituir la indemnización por años de servicio, así como a la cobertura del Seguro de Cesantía.

En ambos casos, esta puede ser cobrada en la Administradora del Fondo de Pensiones (AFP) a la que se encuentra afiliado el trabajador o en la que el trabajador desee que se efectúen los aportes. Para ello se deben presentar los documentos que acrediten el término de la relación laboral, indica ChileAtiende.

¿Quiénes pueden recibir la indemnización por término de contrato?

Los trabajadores dependientes o de casa particular pueden solicitar la indemnización con cargo a su cuenta de ahorro de indemnización, la cual se crea con los aportes que se realizan a esta según el tipo de trabajador:

  • Trabajador dependiente: Los empleados dependientes que lleven entre 6 y 11 años de servicio tienen la opción de sustituir la indemización legal por una indemnización a todo evento, que se paga al terminar la relación laboral, previo pacto con sus patronos. El aporte mensual debe ser acordado por el empleador y trabajador (mayor al 4,11% de la remuneración imponible de este).
  • Trabajador de casa particular: En este caso, la indemnización corre por cuenta del empleador, que realiza un aporte mensual del 4,11% de las cotizaciones del trabajador (3% para el Seguro de Cesantía y el 1,11% para la indemnización a todo evento de la AFP). Se hace durante un máximo de 11 años, desde el inicio hasta el fin de la relación laboral. El empleado podrá cobrar el monto acumulado al acreditar el fin del contrato de trabajo. 

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