El Estado entrega diferentes ayudas a aquellas personas que se encuentran sin empleo, para que puedan sobrellevar el complejo momento económico.
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es precisamente uno de ellos, destinado a todos quienes no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
¿Cuáles son los requisitos?
De acuerdo a lo indicado por ChileAtiende, tiene derecho al Fondo de Cesantía Solidario todas aquellas personas que se encuentren desempleados al momento de la solicitud y cumplan con lo siguiente:
- Cuyos recursos en la cuenta individual de cesantía sean insuficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
- Cuenten con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral. Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Cuyo contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
- Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
¿Cómo se accede?
Las personas que cumplen con los requisitos expresados anteriormente, pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario presentando su cédula de identidad vigente y el documento que certifique la cesantía en alguna de las sucursales de la AFC.
Además, existe la posibilidad de realizar la solicitud ingresando al sitio web de la AFC:
- Ingresar el RUT y clave AFC o, en su defecto, con ClaveÚnica.
- Seleccionar la opción "Cobro del seguro", luego hacer clic en "Solicitar cobro del seguro".
¿Cuál es el monto?
Para quienes tengan contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado:
- Primer mes el 50% de la remuneración de los últimos 12 meses: $175.959 calor inferior y $585.535 valor superior.
- Segundo mes el 40% de la remuneración de los últimos 12 meses: $140.769 valor inferior y $469.228 valor superior.
- Tercer mes el 35% de la remuneración de los últimos 12 meses: $123.173 valor inferior y $410.574 valor superior.
- Cuarto y quinto mes el 30% de la remuneración de los últimos 12 meses: $105.575 valor inferior y $351.920 valor superior.
Mientras que para quienes tengan contrato indefinido o de trabajador de casa particular:
- Primer mes el 70% de la remuneración de los últimos 12 meses: $246.344 valor inferior y $821.147 valor superior.
- Segundo mes el 55% de la remuneración de los últimos 12 meses: $193.557 valor inferior y $645.189 valor superior.
- Tercer mes el 45% de la remuneración de los últimos 12 meses: $140.769 valor inferior y $469.228 valor superior.
- Cuarto mes el 40% de la remuneración de los últimos 12 meses: $124.795 valor inferior y $415.892 valor superior.
- Quinto mes el 35% de la remuneración de los últimos 12 meses: $123.173 valor inferior y $410.574 valor superior.
- Sexto mes y siguiente el 30% de la remuneración de los últimos 12 meses: $351.920 valor inferior y $105.575 valor superior.