La Ley Ricarte Soto cubre financieramente una serie de enfermedades, relacionado a sus medicamentos o alimentos de alto costo, algunas coberturas de exámenes, entre otros servicios.
Esta Ley se promulgó en reconocimiento del destacado periodista de radio y televisión Luis Ricarte Soto Gallegos, quien falleció de cáncer luego de una gran lucha.
¿Quiénes pueden acceder a la Ley Ricarte Soto?
Los beneficiarios y las beneficiarias de los sistemas previsionales chilenos de salud, sin importar la situación socioeconómica del paciente:
- Fondo Nacional de Salud (Fonasa).
- Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES).
- Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública.
¿Qué enfermedades cubre la Ley Ricarte Soto?
La Ley Ricarte Soto cubre 100% el valor de los medicamentos y diferentes servicios de estas enfermedades:
- Angiodema hereditario.
- Artritis psoriásica moderada o grave refractaria a tratamiento habitual.
- Artritis reumatoide activa refractaria a tratamiento habitual.
- Ayudas técnicas para esclerosis lateral amiotrófica moderada o severa.
- Cáncer de mama HER2+.
- Diabetes tipo 1 inestable severa.
- Dispositivos de uso médico para epidermólisis bullosa distrófica o juntural.
- Distonía generalizada.
- Enfermedad de Crohn grave refractaria a tratamiento habitual.
- Enfermedad de Fabry.
- Enfermedad de Gaucher.
- Enfermedad progresiva de tumores neuroendocrinos pancreáticos.
- Esclerosis múltiple recurrente remitente con falla a tratamiento con inmunomoduladores y esclerosis múltiple primaria progresiva.
- Hipertensión arterial pulmonar grupo I.
- Hipoacusia sensorioneural bilateral severa o profunda postlocutiva.
- Mielofibrosis primaria o secundaria a otras neoplasias mieloproliferativas.
- Mucopolisacaridosis tipo I.
- Mucopolisacaridosis tipo II.
- Mucopolisacaridosis tipo VI.
- Nutrición enteral domiciliaria total o parcial, para personas cuya condición de salud imposibilita la alimentación por vía oral.
- Profilaxis del virus respiratorio sincicial para prematuros menores de 32 semanas y lactantes menores de 1 año con cardiopatías congénitas hemodinámicamente significativas no resueltas o cardiopatías cianóticas secundarias.
- Tirosinemia tipo I.
- Tratamiento colitis ulcerosa moderada o grave, refractaria al tratamiento de primera línea.
- Tratamiento de inmunodeficiencias primarias.
- Tratamiento lupus eritematoso sistémico con compromiso cutáneo o articular refractario a tratamiento habitual.
- Tratamiento para la corea en personas con enfermedad de Huntington.
- Tumores del estroma gastrointestinal no resecables o metástasicos.
¿Cómo acceder a la cobertura de la Ley Ricarte Soto?
El acceso a la Ley Ricarte Soto está disponible durante todo el año. El o la médico tratante debe completar el formulario de sospecha fundada o de solicitud de tratamiento, y enviarlo al prestador respectivo para que la cobertura sea aprobada o rechazada.
Posterior a eso, el centro confirmador debe aprobar o descartar la sospecha o el comité de expertos clínicos tiene que confirmar o descartar la solicitud de tratamiento.
Una vez que el o la médico reciba la respuesta, debe informar al o a la paciente la decisión del centro o del comité y completar el "formulario de constancia", además de informarle todos los pasos a seguir para iniciar el tratamiento.