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¿En qué consiste el fortalecimiento del Seguro de Cesantía?

Estas son las tres principales modificaciones:

1. Se flexibilizan los requisitos, disminuyendo el mínimo de cotizaciones para acceder al beneficio:

  • En el caso de financiamiento con la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), si el beneficiario tiene contrato indefinido o es trabajador(a) de casa particular, ahora necesita 10 cotizaciones, en vez de las 12 que necesitaba antes de esta ley. En el caso de contrato fijo o por obra, ahora son 5 en lugar de 6.
  • Para el Fondo de Cesantía Solidario, cualquiera sea el tipo de contrato, se necesitan 10 cotizaciones, las 3 últimas continuas y con el mismo empleador, disminuyendo la exigencia anterior de 12 cotizaciones.

Los afiliados cuya solicitud haya sido recientemente rechazada, continúen cesantes y cumplan con los requisitos vigentes de acceso al Seguro de Cesantía, pueden realizar una nueva solicitud a partir del 1 de diciembre.

Pedro Cornejo, gerente de Operaciones y Servicios de AFC, aconseja a los afiliados que “antes de hacer una segunda solicitud o dirigirse a una sucursal, los invitamos a revisar en www.afc.cl si cumplen con los nuevos requisitos. Una herramienta muy útil es el simulador de cobro disponible en la Sucursal Virtual de afiliados. Ahí podrá ingresar su causal y fecha de término del contrato y revisar si tiene o no derecho al beneficio”.

2. Se fortalecen los beneficios del Seguro de Cesantía para ambas fuentes de financiamiento:

Cuenta Individual con todo tipo de contrato: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.

  • Fondo de Cesantía Solidario con contrato indefinido: aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.
  • Fondo de Cesantía Solidario con contrato a plazo fijo o por obra/faena: aumenta el primer pago a un 60% de la renta imponible promedio
  • Fondo de Cesantía Solidario con contrato a plazo fijo o por obra/faena: aumenta el primer pago a un 60% de la renta imponible promedio y el beneficio se extiende de tres a cinco pagos mensuales.

Si el beneficiario ya está cobrando el Seguro de Cesantía y tiene pagos programados para después del 1 de diciembre, algunos de sus próximos montos podrían ser reajustados. 

3. Activación especial ante estado de catástrofe por calamidad pública, zona afectada por catástrofe o alerta sanitaria:

En estos casos, se disminuirán los requisitos y se incrementarán, excepcionalmente, los montos de hasta dos pagos del Seguro de Cesantía, beneficiando a las personas que pierdan su trabajo en las zonas afectadas.

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