Este viernes 1 de enero, entró en vigencia la ley que fortalece el Seguro de Cesantía, beneficio que protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar cesantes, tanto por causas voluntarias o involuntarias.
Además de entregar prestaciones económicas, el aporte asegura coberturas en materia de salud, social y previsional.
¿Cuáles son las modificaciones?
Las modificaciones, que se enmarcan en el denominado fortalecimiento del Seguro Cesantía, se concentran en la flexibilización de los requisitos, lo que va en directo beneficio a quienes se encuentran sin empleo.
En concreto, esto se traduce en la disminución del mínimo de cotizaciones para accerder al aporte monetario:
- Contrato indefinido o trabajador (a) de casa particular: Ahora necesita 10 cotizaciones en vez 12.
- Contrato fijo o por obra: Ahora necesita 5 en lugar de 6.
Junto con la disminución de cotizaciones para el Seguro de Cesantía, la ley tambien establece que en el caso del Fondo de Cesantía Solidario, cualquiera sea el tipo de contrato, se necesitan 10 cotizaciones, las 3 últimas continuas y con el mismo empleador. Así, se dejan atrás las 12 solicitadas anteriormente.
Otros cambios
- Cuenta Individual con todo tipo de contrato: Aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.
- Fondo de Cesantía Solidario con contrato indefinido: Aumenta el porcentaje del segundo pago a un 60% de la renta imponible promedio.
- Fondo de Cesantía Solidario con contrato a plazo fijo o por obra/faena: Aumenta el primer pago a un 60% de la renta imponible promedio y el beneficio se extiende de tres a cinco pagos mensuales.
¿Cómo postular?
Quienes reunan los requisitos mencionados anteriormente, pueden hacer su solicitud en www.afc.cl, siguientos estos pasos:
- Ingresar a la Sucursal Virtual con Clave Única o clave AFC.
- Seleccionar "Cobrar Seguro de Cesantía".
- Subir el finiquito o documento de término de contrato.
- Revisar la simulación de fechas y montos.
- Confirmar los datos de transferencia.
Es importante tener en cuenta que si el beneficiario ya está cobrando el Seguro de Cesantía y tiene pagos programados para después del 1 de diciembre, algunos de sus próximos montos podrían ser reajustados.