Cada mes los adultos mayores pueden acceder a una serie de aportes económicos, entre los que destaca el Bono Bodas de Oro.
Este beneficio se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS) y está dirigido a las parejas que hayan cumplido 50 años de matrimonio.
¿Cuál es el monto que entrega?
En octubre el Bono Bodas de Oro pasó de entregar $403.874 a un monto actualizado de $425.360, el cual se paga de una sola vez y divide en partes iguales a cada uno de los cónyuges, es decir, $212.680.
¿Quiénes pueden acceder al Bono Bodas de Oro?
Esta ayuda esta destinada a los cónyuges que:
- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Además, las personas viudas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:
-Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono, siempre que el fallecimiento de alguno de los cónyuges se produzca dentro del año de plazo que indica la ley para solicitar el beneficio.
-Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio. Una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida, formará parte de su herencia.
¿Cómo solicitarlo?
Una vez cumplido este aniversario, la pareja tiene un plazo máximo de un año para solicitar el Bono Bodas de Oro.
La solicitud puede hacerse de forma presencial en una sucursal ChileAtiende del IPS con cédula de identidad. En el caso que el trámite sea realizado por un apoderado, es necesario un poder notarial.
Asimismo, existe la posibilidad de efectuar el proceso a través de la página web del IPS:
- Se debe llenar el formulario con los datos solicitados, confirmar la declaración jurada y presionar "Hacer prueba técnica para iniciar la videoatención".
- Aparecerá una solicitud para utilizar la cámara y el micrófono, la que se debe aceptar.
- Luego se debe hacer clic en "Iniciar video atención".
- El ejecutivo tomará contacto para efectuar el Bono Bodas de Oro.