El Estado entrega diferentes beneficios para las personas que se encuentran cesantes, para que puedan sobrellevar de mejor manera este periodo sin remuneración.

Entre los aportes se encuentra el Fondo de Cesantía Solidario, el cual está destinado para quienes perdieron su fuente de trabajo y ya no les queden recursos suficientes en su Cuenta Individual.

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El fondo se financia con aporte estatal y con el 0,8% de la cotización del empleador (para quienes tienen contrato indefinido) o el 0,2% de la cotización del empleador (si es contrato a plazo fijo, por obra o faena).

¿Cuáles son los requisitos del Fondo de Cesantía Solidario 2023?

Quienes deseen postular al Fondo de Cesantía Solidario en octubre, deberán cumplir estos requisitos:

  • Estar cesantes al momento de realizar la solicitud.
  • No tengan en su cuenta individual los recursos suficientes para cubrir un beneficio.
  • Cuenten con un mínimo de 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido, que deben estar pagadas antes del fin del contrato laboral. Las cotizaciones son contadas desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al fin del contrato.
  • Posean las tres últimas cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
  • Hayan tenido un contrato de trabajo que terminó por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio.
  • Hayan activado su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y acepten las oportunidades de trabajo y de capacitación que la plataforma ofrece.

Cabe destacar que quienes hayan tenido contrato indefinido, podrán recibir pagos durante cinco meses. Mientras que quienes tengan contrato a plazo fijo les corresponde por tres meses. 

En el caso de que la persona permanezca cesante, independiente del tipo de contrato, recibirá dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el INE supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

¿Quiénes no tienen derecho al Fondo de Cesantía Solidario?

El Fondo de Cesantía Solidario no incluye a:

  • Empleados públicos.
  • Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.
  • Trabajadores independientes o por cuenta propia.
  • Menores de 18 años.
  • Pensionados (excepto aquellos pensionados por invalidez parcial).
  • Trabajadores con contrato de aprendizaje (práctica profesional).

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