El Bono Post Laboral es uno de los más relevantes que reciben los trabajadores y trabajadoras del sector público, dado que se entrega por toda la vida.

El beneficio se entrega de forma mensual a quienes tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.

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Cabe destacar que el bono no es imponible, ni constituye indemnización o renta, por lo que el recibido de manera íntegra por el beneficiario.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono Post Laboral?

Según informa la Superintendencia de Pensiones, pueden acceder al bono las funcionarias y funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que estén en las siguientes reparticiones del Estado:

  • Gobierno Central, gobiernos regionales y municipalidades.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Universidades estatales.
  • Contraloría General de la República.
  • Consejo Nacional de Televisión.
  • Consejo Superior de Educación.
  • Dirección General de Aeronáutica Civil.
  • FONADIS.
  • SERCOTEC.
  • CONAF.

¿Cuáles son los requisitos?

Para recibir el Bono Post Laboral es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado o afiliada al sistema de capitalización individual obligatoria en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
  • Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el de los hombres.
  • Tener más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguna de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionaria o funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una esas instituciones al momento de solicitar el bono.
  • Haber sido funcionaria o funcionario de algunas de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
  • Cesar en cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

¿Cuál es el monto?

Para el 2023, el monto que entrega el Bono Post Laboral es de $90.877 mensuales.

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