La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio del Estado que reemplaza a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario).
No hay duda que este aporte económico, administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), es uno de los más importantes recibido por los pensionados.
¿Quiénes pueden solicitar la Pensión Garantizada Universal?
- Tener 65 años o más.
- No integrar el 10% más rico de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos y discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Contar con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
¿Quiénes reciben un monto variable?
La Pensión Garantizada Universal variable es recibido por aquellos que tienen una pensión autofinanciada de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) de entre $702.102 a $1.114.445.
Así puedes calcular el monto de la PGU
El monto de la PGU asciende a $206.173 para quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101.
En tanto, quienes tengan una pensión base mayor (calculada según su Pensión Autofinanciada Inicial) superior a $702.101, pero menor a $1.114.446, la cifra será variable, calculándose de la siguiente forma: