El Seguro de Cesantía reúne los fondos de los trabajadores cotizantes a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con el objetivo de protegerlos al momento de quedar sin empleo.
Cada empleado puede acudir a los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), incluso existen situaciones en que se puede hacer el retiro de la totalidad de lo recaudado, o traspasarlos de forma parcial o completa.
¿Quiénes pueden retirar la totalidad de los fondos?
Para realizar el retiro total de los fondos de la AFC, primero se debe cumplir con lo siguiente:
- Recibir una pensión de vejez, invalidez total o invalidez parcial definitiva a través de una Aseguradora de Fondos de Pensiones (AFP), siempre y cuando acrediten la situación mediante un certificado emitido por la entidad.
- Ser pensionado por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Ser pensionado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Ser pensionado del régimen previsional antiguo (IPS).
- Ser pensionado por enfermedad terminal, según lo establece la Ley 21.309.
¿Qué documentos se necesita para el retiro de fondos de la AFC?
Cumpliendo con los requisitos, la AFC indica que se debe reunir la siguiente documentación para hacer efectivo el retiro:
- Cédula de Identidad vigente.
- Última liquidación de pago de pensión.
- Certificado de resolución de pensión emitido por AFP, IPS o Caja de Previsión según corresponda, que indique la fecha de inicio de la pensión y el tipo de pensión que recibe.
- De ser el caso, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitva emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.
¿Cómo hacer la solicitud del retiro de fondos de la AFC?
El retiro de fondos se puede realizar de forma presencial en una sucursal de la AFC, así como también a través del portal de la institución.