Con el objetivo de incentivar la asistencia escolar, reducir la deserción y mejorar el rendimiento académico, el Gobierno entrega el Bono por Deber Asistencia Escolar.
Este beneficio corresponde a un aporte monetario de $11.429 mensuales por niño o niña a las familias que cumplen con los requisitos solicitados.
¿Quiénes son las personas beneficiarias de este bono?
Según ChileAtiende, las personas beneficiarias del Bono por Deber Asistencia Escolar son aquellas que pertenecen al Subsistema Seguridades y Oportunidades y que también cumplen con los siguientes requisitos:
- Estén participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Cuenten con integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños o niñas deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media
- Los niños o niñas deben cumplir con una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para concretar con esta condicionante durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia promedio del período julio-diciembre del año anterior.
¿Cómo obtengo este beneficio?
Para obtener el Bono por Deber Asistencia Escolar no es necesario hacer ningún trámite, ya que la acreditación de la asistencia escolar mensual está a cargo del Ministerio de Educación (Mineduc).
Además, al momento que la familia o persona pasa a ser usuaria del Subsistema Seguridades y Oportunidades, se le activan las transferencias. Adicionalmente, si la familia se encuentra en situación de extrema pobreza (cobra Bono Base) y cumple con los requisitos, recibirán el Bono por Deber Asistencia Escolar.
¿Cuáles son las formas de pago?
La persona beneficiaria de este aporte debe elegir la forma de pago que podrá ser mediante depósito bancario, CuentaRUT o en las sucursales de la Caja de Compensación Los Héroes y BancoEstado.