Después de 8 meses de la publicación de la ley que ordena el grabado de patentes de vehículos en ventanas y espejos, finalmente se aprobó el reglamento asociado.

Esto quiere decir que, desde ahora, existe un plazo y características específicas para su implementación

Cabe recordar que la medida busca evitar el comercio de automóviles robados, pero su exigencia dependía del mencionado reglamento que debía confeccionar el Gobierno

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¿Cómo debe ser el grabado de patentes?

Según la información de BioBío, este miércoles 8 de mayo, por medio de sus redes sociales, la Contraloría General de la República anunció la toma de razón del reglamento, lo que significa que está listo para ser publicado por el Diario Oficial.

De esta forma, el documento detalla qué características debe tener el grabado de patentes en vehículos motorizados en sus vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales: 

  • Las letras y dígitos en los vidrios deben tener entre 7 y 10 mm de altura y 5 y 10 mm los espejos laterales, un ancho y un espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal, no cursiva ni negrita. Todas las letras deberán ser mayúsculas. 
  • Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura sea horizontal para un observador externo al vehículo, sea de izquierda o derecha.
  • El grabado debe ser permanente, entendiéndose como tal aquel que se realiza desgastando la superficie del vidrio y espejo lateral, de forma tal que no pueda ser borrado.
  • En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor el grabado se efectuará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo y en aquellos ubicados al costado del acompañante se realizará en el vértice inferior izquierdo desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información obligatoria que pueda ubicarse en esa zona.
  • En el parabrisas, el grabado deberá efectuarse en el vértice inferior derecho desde el punto de vista de un observador externo, sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN).
  • En la luneta trasera, el grabado se efectuará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva de un observador externo, sin obstaculizar la lectura de otra información.
  • En los espejos laterales cuya forma sea o se aproxime a un cuadrado o a un rectángulo el grabado se realizará en la parte superior o inferior, siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde.
  • En los espejos laterales circulares u ovalados, el grabado se realizará en la parte superior o inferios, de forma paralela al suelo, en una línea que une los puntos donde las letras y dígitos tocan el borde curvo del espejo.

¿Desde cuándo será obligatorio el grabado de patentes?

Tal como detallaba la ley publicada en septiembre del 2023, la fecha máxima para grabar la patente sería de 12 meses (1 año) para vehículos antiguos y de cuatro meses para los nuevos, una vez publicado el reglamento.

Es decir, una vez que ya esté publicado en el Diario Oficial, los vehículos nuevos deberían tener la patente grabada en septiembre.

Cabe destacar que no se considerarán vehículos nuevos los comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y el tercer mes contado desde la publicación del presente decreto.

Sin embargo, los automóviles antiguos, comercializados de forma previa al 11 de septiembre de 2023, tendrán doce meses de plazo (hasta mayo del 2025).

Para más información, puedes ingresar al PDF publicado por la Contraloría General de la República o en el sitio web de ChileAtiende.

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