Solicitar la nacionalidad española es posible a través de la llamada Ley de Memoria, la cual permite a todos los hijos e hijas mayores de edad de ciudadanos nacidos en el país ibérico, adquirir la ciudadanía, siguiendo las disposiciones contenidas en la ley 20/2022.
La página web de Servicios Consulares indica que la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública establece sobre esta petición quiénes pueden optar a esta nacionalidad.
Las personas que nacieron fuera de España, cuyos padre, madre, abuelo o abuela sean españoles, y aquellos que nacieron fuera de esta nación, de padre, madre, abuelo o abuela españoles y que por diversas razones (políticas, ideológicas, orientación e identidad sexual) perdieron o renunciaron a la nacionalidad. Así lo establece la referida ley:
- Los nacidos en otro país de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al contraer nupcias con extranjeros antes de la puesta en vigencia de la Constitución de 1978.
- Los hijos mayores de edad de españoles a quienes se les reconoció su nacionalidad de acuerdo a la Ley de Memoria Democrática o la Ley de Memoria Histórica.
El plazo para solicitar la nacionalidad española vence en 2024
Una vez que el solicitante cumpla con las disposiciones contenidas en la Ley Memoria y que haya recopilado los requisitos, debe asistir al Registro Civil cercano para hacer la entrega de los documentos, si reside en España.
El plazo vigente para esta petición está por vencer, pues las normas que se crearon el 21 de octubre de 2022, establecen como fecha de culminación para presentar las postulaciones el 31 de octubre de 2024.
Según Stratego, el Consejo de Ministros tiene establecido otorgar una prórroga de un año como límite para nuevas solicitudes, por lo que la nueva fecha se extenderá hasta el 2025.
El sitio web menciona que de presentar la solicitud en la Oficina Consular de Santiago, se debe cerciorar de que posee todo lo exigido, ya que solo tendrá 30 días para rectificar y consignar todo lo requerido.