El 1 de agosto entró en vigor la Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo para garantizar la protección de los trabajadores, evitar y condenar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.

Nombrada así en honor a Karin Salgado, quien se quitó la vida en 2019 tras sufrir acoso en su empleo, busca orientar a las personas sobre la prevención, investigación y sanción de este tipo de situaciones con tres definiciones clave, indica ChileAtiende.

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Tipos de acoso que contempla la Ley Karin

El bienestar de los trabajadores se garantiza con la definición de tres tipos de acoso, los cuales permiten ejercer un proceso judicial en caso de suceder una de las situaciones indicadas.

 

Foto: Freepik.

 

En este sentido, la normativa establece tres tipos de conducta que pueden considerarse como acoso y que afectan de forma física o psicológica el desempeño del trabajador:

  • Acoso sexual: cuando una persona realiza indebidamente, y por cualquier medio, un requerimiento de carácter sexual no consentido por quien lo recibe, el cual amenaza o perjudica su situación laboral o sus oportunidades laborales.
  • Acoso laboral: aquellas conductas únicas o reiteradas que ejerza por cualquier medio el empleador o los trabajadores y que constituya agresión u hostigamiento, y que resulte para la persona afectada un menoscabo, maltrato o humillación o bien que amenace, perjudique su situación u oportunidades laborales.
  • Violencia en el trabajo: conductas por parte de clientes, proveedores, usuarios u otros ajenos a la relación laboral que afecten a los trabajadores al momento de prestar sus servicios.

Si se presenta una de las situaciones indicadas, el trabajador afectado debe informar del hecho a su empleador, a la Inspección del Trabajo o los tribunales laborales con una denuncia por escrito o verbal.

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