Este viernes 29 de noviembre termina el plazo para postular al Subsidio DS1, que permite a las familias con capacidad de ahorro obtener una ayuda para adquirir o construir su primera vivienda.
Este es un beneficio que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) para cubrir una parte del valor de la construcción o de la compra, al que se puede acceder siempre que se cumplan los requisitos, indica el Minvu.
Requisitos para postular al Subsidio DS1 para construcción de vivienda
El trámite de solicitud se puede realizar a través del portal de aplicación en línea (pincha aquí) del Minvu, con el RUN y la ClaveÚnica para ingresar al formulario a completar.
Asimismo, se aceptará una solicitud por familia y solo para miembros postulantes que reúnan los siguientes requerimientos para el caso de la construcción de una vivienda:
- Tener 18 años de edad o más.
- Tener una cédula de identidad vigente, o cédula de identidad para extranjeros con residencia definitiva vigente.
- Certificación de una cuenta de ahorro para la vivienda activa desde el 30 de octubre de 2023 o antes, a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente civil.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares y pertenecer al 80% o 90% más vulnerable, según el tramo al que desee postular. Se puede pertenecer al 90% si es mayor de 60 años.
- Tener un ahorro mínimo de entre 30 y 50 Unidades de Fomento (UF), según el tramo al que desee postular. Debió estar depositado desde las 14:00 horas del 30 de octubre de 2024 o antes.
- Si postula colectivamente, se debe postular mediante una entidad patrocinante y el núcleo familiar debe estar integrado por dos personas o más.
- Demostrar la disponibilidad de un terreno con: inscripción del sitio a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil; a nombre del grupo organizado; usufructo o derecho real de uso del terreno; certificado de Conadi en caso de tierras indígenas; derechos en comunidades agrícolas; sitio a nombre de una cooperativa de la cual el postulante es socio; cesión de derechos inscrita del terreno a favor del postulante (Ley 19.253 de octubre de 1993); o certificado emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales (si es necesario).
- Contar con los certificados de informaciones previas y factibilidad de dación de servicios emitidos con fecha no anterior al 1 de enero de 2023.