Las personas de 65 años en adelante que no pertenecen al 10% más rico de la población pueden recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio que otorga el Instituto de Previsión Social (IPS).

El monto máximo que entrega es de $ 214.296 mensuales y su vigencia culmina el último día del mes en el que fallezca el beneficiario, destaca ChileAtiende. Sin embargo, puede ocurrir que suspendan el pago por distintas causas.

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Qué hacer si suspenden la Pensión Garantizada Universal

Los pensionados pueden dejar de recibir el pago de forma temporal (suspensión) o definitiva (extinción). En caso de que les suspendan el beneficio, pueden interponer el reclamo ante el IPS mediante el formulario de reclamos (pincha aquí). Tienen un plazo de cinco días hábiles, a partir de la fecha en la que les notifiquen el rechazo o suspensión.

 

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Según explica ChileAtiende, las causales de suspensión pueden ser:

  • No cobrar la PGU durante 6 meses seguidos. En este caso, se puede solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión.
  • Si el IPS solicita al beneficiario acreditar que sigue cumpliendo los requisitos, pero no entrega los recaudos en un plazo de tres meses.

El beneficio se extingue en caso de fallecimiento de beneficiario; si este se encuentra fuera del país por más de 180 días continuos o discontinuos en un mismo año; si se detecta que presentó antecedentes incompletos, erróneos o falsos; si deja de pertenecer al 90 % de los más vulnerables de la población.

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