Miles de estudiantes extranjeros ingresan cada año en España para participar en algún curso académico de primer nivel, para los cuales es necesario contar con una visa de estudios.
Es un permiso de residencia académica que autoriza la entrada y estancia en el país para participar en programas de formación, siempre que se demuestren los fondos suficientes para costearlo, indica el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Requisitos económicos de la visa de estudios de España
El solicitante debe demostrar que tiene más de 600 euros ($616.248 aproximadamente) por mes de estancia. Se requiere un mínimo de 7.200 euros ($7.394.976 aproximadamente) por año de estudio si estos duran más de 12 meses.
Para probar que el estudiante posee dicha cantidad, tendrá que presentar documentos financieros que acrediten a su vez el origen de los fondos:
- Tres últimos extractos bancarios (cartolas), timbrados por el banco, de la cuenta bancaria del solicitante con detalles de movimientos y transacciones.
- Tres últimas liquidaciones de sueldo propias. Si es trabajador independiente, tendrá que adjuntar informe del Servicio de Impuestos Internos con resumen de boletas emitidas en el último año fiscal, o declaración de renta del último año fiscal.
- Certificados de cuentas de ahorro, depósitos a plazo o de fondos mutuos.
- Certificado de otorgamiento de crédito. Aplica en casos excepcionales y el crédito debe ya estar abonado en la cuenta corriente del solicitante.
Si el estudiante es becado tendrá que presentar adicionalmente una carta que certifique la concesión de la beca y la cantidad otorgada. Si el monto es superior al requerido, no es necesario presentar los documentos ya mencionados.
Si los fondos del estudiante provienen de un familiar, debe presentar lo siguiente:
- Documento apostillado del Registro Civil que demuestre el parentesco entre el solicitante y el familiar (certificado de matrimonio, nacimiento o de unión civil).
- Declaración notarial donde el familiar se comprometa a cubrir el costo de los estudios y la estancia del solicitante, por una cantidad igual o mayor a la requerida.
- Fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte del familiar.
- Tres últimos extractos bancarios (cartolas), timbrados por el banco, de la cuenta bancaria del familiar con detalles de movimientos y transacciones.
- Tres últimas liquidaciones de sueldo del familiar. Si es trabajador independiente, tendrá que adjuntar informe del Servicio de Impuestos Internos con resumen de boletas emitidas en el último año fiscal, o declaración de renta del último año fiscal.
- Certificados de cuentas de ahorro, depósitos a plazo o de fondos mutuos.
- Certificado de otorgamiento de crédito. Aplica en casos excepcionales y el crédito debe ya estar abonado en la cuenta corriente del familiar.